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El Tribunal Supremo avala el plan de estudios de la UC para el Grado de Enfermería.



Dictada sentencia favorable en casación, favorable a la Universidad, en la impugnación por el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, que ya había sido objeto de pronunciamiento favorable por el TSJ de Cantabria.



El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Universidad de Cantabria por la que, en abril, de 2013 se publica el plan de estudios. Reclamaba en él que fuera anulada dicha resolución al entender que el plan de estudios incumplia la normativa europea y nacional al no incluir ninguna asignatura ni materia en el campo de la Radiología.


En marzo de 2014, el TSJC desestimó el recurso por entender que la UC "había acreditado de manera suficiente" que la materia de Radiología se impartía en el marco de las otras disciplina o en conexión con ellas, incluyéndose en las asignaturas Enfermería Clínica I, II y III.


Ante esta resolución del TSJC, el Consejo interpuso un recurso de casación ante el Supremo, en el que insiste en que la Radiología debe figurar "expresamente recogida" en el plan de estudios dentro del módulo de Ciencias Básicas como materia y no como apartado o tema aislado dentro de una asignatura.


En sentencia del pasado 12 de febrero, el Tribunal Supremo decidió dar la razón a la UC y desestimar el recurso. Señala que tanto la directiva europea como en la jurisprudencia de la Sala se exige que la materia de Radiología se incorpore a los planes de estudios de Graduado en Enfermería "bien como asignatura concreta" o bien para ser impartida "en el marco de las otras disciplinas o en conexión con ellas".



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